domingo, 17 de febrero de 2013

Constitución de una empresa


La constitución de la empresa es una parte fundamental de la organización empresarial.  Por ser un tema tan amplio, sólo se explicarán en el texto algunas generalidades y no será mencionada la formación de instituciones públicas, porque esta publicación esta orientado a instituciones privadas, más que todo.

Algunas empresas se forman empíricamente, sin obedecer las leyes, esto ocurre con algunas empresas mercantiles y también con determinadas iglesias evangélicas, básicamente por desconocimiento de la ley.  

La constitución de una empresa tiene su punto de partida en el deseo de una o más personas, luego, se debe registrar el documento constitutivo, dependiendo del tipo de empresa y de los requisitos exigido por la ley en cada caso particular.   Como anteriormente se dijo, si es una solo persona la que constituye la empresa, será una institución privada individual, si son varias personas será privada colectiva y si interviene capital del gobierno y capital privado será mixta, sin embargo no nos vamos a referir a las mixtas en este libro.

El nacimiento de una empresa debe ser corroborado con un documento constitutivo.  Con un procedimiento generalmente sencillo, una persona puede registrar un documento (firma personal) que legaliza su empresa; en Venezuela esto se hace por ante una oficina de “Registro Mercantil” o,  en las ciudades donde no existe dicha oficina, por ante los Tribunales Civiles y Mercantiles. 

Para la formación de una empresa colectiva las personas que la constituyen deben reunirse y levantar un acta que establece las pautas de dicha organización.   Este documento (Acta Constitutiva) se registra en la oficina del gobierno correspondiente.  En Venezuela, si es una empresa mercantil esto se hace en una oficina de “Registro Mercantil” o, en las ciudades donde no existe dicha oficina, por ante los Tribunales Civiles y Mercantiles, y si es una institución civil por ante una oficina de Registro Público de su jurisdicción.

Las instituciones religiosas, según las leyes venezolanas antes de registrarse, deben obtener un “Visto Bueno” del la Dirección General de Instituciones Religiosas y Culto del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, requisito sin el cual ninguna oficina de Registro Público aceptará la protocolización de una institución religiosa.

Para la elaboración del documento o acta constitutiva de una empresa es necesario contratar los servicios de un abogado en ejercicio y para el caso de la protocolización del documento constitutivo de una empresa mercantil, se hará necesario la preparación de un inventario que certifique el pago del capital inicial, este documento debe ser emitido por un contador público colegiado.

Las iglesias e instituciones cristianas, que no cumplan lo antes dicho, están fuera de la Ley y corren riesgos innecesarios por lo que sería recomendable tomar en cuenta este aspecto de la ley venezolana, que es por demás importante para otros efectos, tales como: abrir y movilizar cuentas bancarias, comprar y vender, etc.

En los casos de iglesias y otras instituciones ubicadas en un país distinto a Venezuela, lógicamente los requisitos para la constitución serán distintos, por lo cual, es necesario obtener toda la información necesaria de parte de profesionales capacitados para tal fin, que estén bien informados del ordenamiento jurídico del país en referencia.

Conclusión

            Para que una empresa, sea civil o mercantil, tenga personería jurídica necesita registrar su acta constitutiva, esto permitirá que pueda hacer transacciones de compra venta, abrir y movilizar cuentas bancarias y hacer todo lo propio de una empresa, esto es también aplicable a iglesias y demás instituciones cristianas.